Regímenes EPS
EPS subsidiado vs contributivo: diferencias clave para saber cuál te corresponde
El sistema de salud colombiano tiene dos regímenes: el contributivo (para quienes cotizan un porcentaje de su ingreso) y el subsidiado (para quienes no tienen capacidad de pago y el Estado cubre el costo). Esta guía compara quién califica para cada uno, cuánto cuesta, qué beneficios incluye cada régimen y cómo consultar el tuyo en ADRES por cédula.
Panorama general
Dos regímenes, un solo sistema de salud
Colombia tiene un sistema de salud con dos puertas de entrada. El régimen contributivo cubre a los trabajadores dependientes e independientes que cotizan un porcentaje de su ingreso. El régimen subsidiado cubre a las personas sin capacidad de pago, con financiación estatal a través de la UPC (Unidad de Pago por Capitación). En junio de 2026, aproximadamente el 52 % de los afiliados al SGSSS están en el régimen contributivo y el 46 % en el subsidiado. El 2 % restante pertenece a regímenes especiales (Fuerzas Militares, Ecopetrol, universidades públicas).
Elegir el régimen correcto no es una opción: depende de tu situación laboral y socioeconómica. Lo que sí puedes hacer es verificar en qué régimen estás registrado, entender qué servicios te corresponden, y saber los pasos para cambiarte si tu situación cambia.
Comparativa directa
Diferencias entre régimen subsidiado y contributivo
| Característica | Régimen Contributivo | Régimen Subsidiado |
|---|---|---|
| Quién paga | Tú + empleador (o tú solo si eres independiente). Empleador: 8,5 % de tu IBC. Tú: 4 %. Total: 12,5 %. | El Estado a través de la UPC. Tú no pagas cotización mensual. |
| Quién califica | Trabajador dependiente con contrato laboral, independiente que cotiza sobre al menos 1 SMMLV ($1.423.500 en 2026), pensionado, o beneficiario (cónyuge, hijos menores). | Persona clasificada en Sisbén IV grupos A, B o C (pobreza extrema, pobreza moderada, vulnerabilidad). También población desplazada, indígena, ROM, migrantes regulares en condición de pobreza. |
| Costo mensual | Desde $56.940/mes (4 % sobre 1 SMMLV) hasta el tope de 25 SMMLV ($35.587.500). Independientes pagan el 12,5 % completo. | $0. Sin cotización. Algunos servicios pueden tener cuotas moderadoras en casos específicos. |
| Cobertura familiar | Cubre al cotizante + beneficiarios (cónyuge, hijos menores de 18 o hasta 25 si estudian, padres si dependen económicamente). | Cubre al titular. Cada miembro del hogar debe estar registrado individualmente en la EPS subsidiada de su municipio. |
| Plan de beneficios | POS contributivo: medicina general, especialistas, hospitalización, cirugías, UCI, medicamentos, odontología, maternidad, urgencias, terapias, exámenes diagnósticos, promoción y prevención. | POS subsidiado: cubre los mismos servicios del POS contributivo desde 2012 (Ley 1438, unificación). Puede haber diferencias en medicamentos No POS y tiempos de autorización. |
| Copagos y cuotas moderadoras | Copagos por consulta especializada, exámenes y procedimientos. Tope anual según ingreso. Exento en servicios preventivos (control niño sano, planificación familiar, vacunación). | Cuotas moderadoras muy reducidas o exentas para grupos A y B del Sisbén. Grupos C pueden tener copagos menores al contributivo. |
| Atención por EPS | EPS del contributivo: Sanitas, Nueva EPS, Sura, Coomeva, Compensar, Cafam, Colsubsidio, Famisanar, Salud Total, etc. | EPS del subsidiado: Nueva EPS (la más grande en subsidiado), Savia Salud, Capital Salud, Coosalud, EPMSC, etc. La EPS varía por municipio. |
| Mecanismo de ingreso | Afiliación a través del empleador (dependiente) o directamente a la EPS (independiente) presentando cédula, formulario de afiliación y soporte de pago. | Inscripción en Sisbén + postulación a la EPS subsidiada del municipio. La alcaldía asigna cupo según disponibilidad y priorización. |
Datos basados en la Ley 100 de 1993, Ley 1438 de 2011, Ley 1753 de 2015 y Decreto 780 de 2016. Los montos en pesos colombianos corresponden a 2026.
Paso a paso
Cómo consultar tu régimen en ADRES por cédula
- Abre adres.gov.co en tu navegador. No necesitas registro ni contraseña.
- Haz clic en "Consulta BDUA — Afiliados".
- Selecciona tu tipo de documento: CC (cédula), CE (extranjería) o PA (pasaporte).
- Escribe tu número de documento sin puntos ni espacios.
- Presiona el botón de consultar.
- Revisa el campo "Régimen": dirá CONTRIBUTIVO o SUBSIDIADO. También verás la EPS, el estado (activo, suspendido, retirado) y la fecha de afiliación.
- Si el resultado no coincide con tu situación real, contacta a tu EPS con tu documento para que actualicen el reporte en la BDUA.
Requisitos
¿Quién califica para cada régimen?
Requisitos de afiliación por régimen
| Situación | Régimen | Documentos necesarios |
|---|---|---|
| Trabajo con contrato laboral | Contributivo | Cédula, registro civil del empleador, contrato. La afiliación la tramita el empleador. |
| Independiente con ingresos | Contributivo | Cédula, formulario de afiliación a la EPS, pago de primera cotización en PILA/SOI. |
| Sin empleo ni ingresos (Sisbén grupos A, B, C) | Subsidiado | Cédula, certificado de Sisbén vigente. Inscripción en la EPS del municipio. |
| Pensionado | Contributivo | Resolución de pensión, cédula. La pensión descuenta el 12 % para salud vía nómina. |
| Desplazado / víctima del conflicto | Subsidiado | Registro Único de Víctimas (RUV), cédula. Afiliación automática a la EPS del municipio. |
| Migrante regular en condición de pobreza | Subsidiado | Permiso de Protección Temporal (PPT), Sisbén, cédula de extranjería. |
| Beneficiario de cotizante | Contributivo (como beneficiario) | Registro civil de matrimonio (cónyuge), registro civil de nacimiento (hijos), certificado de estudios (hijos 18-25). |
Marco legal: Ley 1438, Ley 1753 y la unificación de planes
Ley 100 de 1993 — Creación del sistema
La Ley 100 creó el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) con dos regímenes: contributivo (artículo 157) y subsidiado (artículo 211). El contributivo se financia con cotizaciones de trabajadores y empleadores; el subsidiado con recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía (hoy ADRES) y presupuestos territoriales.
Ley 1438 de 2011 — Unificación progresiva
La Ley 1438 ordenó la unificación del Plan Obligatorio de Salud (POS) entre ambos regímenes. Antes de esta ley, el subsidiado tenía menos servicios. Desde 2012, el POS contributivo y el POS subsidiado son equivalentes (artículo 25). La misma ley fortaleció el Sisbén como herramienta de focalización.
Ley 1753 de 2015 — Plan Nacional de Desarrollo
Esta ley transformó el FOSYGA en ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud) y creó la UPC única por régimen. También eliminó el Fosyga como entidad y unificó la administración de los recursos de salud en ADRES.
Decreto 780 de 2016 — Decreto Único Reglamentario
Compiló toda la normativa del sector salud en un solo decreto. Allí se definen los requisitos de afiliación, los montos de cotización, el contenido del POS y las reglas de portabilidad entre regímenes.
Portabilidad
¿Qué pasa cuando cambias de régimen?
Movilidad entre regímenes: pasos y plazos
De subsidiado a contributivo
Cuando consigues un empleo formal:
1. El empleador te afilia a una EPS del régimen contributivo dentro de los 2 días hábiles siguientes al inicio del contrato. 2. La EPS contributiva reporta tu afiliación a ADRES. 3. ADRES notifica a la EPS subsidiada que ya no tienes derecho al subsidio. 4. La EPS subsidiada te retira del régimen subsidiado.
Tu nueva EPS contributiva debe estar activa en la BDUA en un plazo de 5 a 10 días hábiles. Si después de 2 semanas sigues apareciendo como subsidiado, contacta a tu nueva EPS con tu contrato laboral para que reporten la novedad.
De contributivo a subsidiado
Si pierdes tu empleo y no tienes capacidad de pago:
1. La EPS contributiva te mantiene 3 meses adicionales (período de protección laboral) si cotizaste al menos 12 meses continuos. 2. Después de ese periodo, puedes solicitar el traslado a subsidiado si cumples los requisitos del Sisbén. 3. Debes estar clasificado en Sisbén IV en los grupos A, B o C. Si no tienes encuesta Sisbén vigente, solicítala en la oficina de planeación de tu municipio. 4. Una vez tengas Sisbén vigente, acude a la EPS subsidiada de tu municipio con tu cédula y el certificado Sisbén. 5. La EPS subsidiada te afilia y reporta tu ingreso a ADRES. El cambio se refleja en la BDUA en 5-10 días hábiles.
Portabilidad temporal
Si estás en régimen subsidiado y trabajas por temporadas, puedes solicitar la portabilidad temporal: la EPS subsidiada te mantiene afiliado hasta 12 meses mientras cotizas en contributivo, evitando la doble afiliación y la pérdida de continuidad en ambos lados.
Doble afiliación
ADRES cruza las bases de datos de ambos regímenes. Si apareces simultáneamente en contributivo y subsidiado, recibirás una notificación para elegir uno. Si no respondes, ADRES te dejará en contributivo si tienes cotizaciones vigentes, o en subsidiado si no.
Comparativa de beneficios cubiertos por régimen
| Servicio | Contributivo | Subsidiado |
|---|---|---|
| Medicina general | Sí, sin copago en preventiva | Sí, sin cuota moderadora en grupos A/B |
| Medicina especializada | Sí, con copago según ingreso | Sí, con cuota moderadora reducida |
| Hospitalización y cirugía | Sí, incluye UCI según necesidad médica | Sí, mismas condiciones del POS |
| Medicamentos POS | Cubiertos 100 % si están en el POS | Cubiertos 100 % si están en el POS |
| Medicamentos No POS | Cubiertos por tutela o comité técnico-científico | Cubiertos por tutela o comité técnico-científico (Mipres) |
| Maternidad y control prenatal | Cubierto 100 % (promoción y prevención) | Cubierto 100 % |
| Odontología básica | Sí, incluye urgencias, consulta, extracciones | Sí, mismas prestaciones |
| Urgencias vitales | Cubiertas en cualquier IPS del territorio nacional | Cubiertas en cualquier IPS del territorio nacional |
| Terapias (física, ocupacional, lenguaje) | Sí, con autoración médica previa | Sí, con autorización médica previa |
| Transporte ambulatorio | No cubierto (excepto urgencias vitales intermunicipales) | Cubierto en casos priorizados por la EPS |
Los servicios No POS requieren autoración por comité técnico-científico o Mipres. No hay diferencia legal en el contenido del POS desde la unificación de 2012.
Preguntas frecuentes sobre EPS subsidiado y contributivo
¿Cómo sé si estoy en régimen subsidiado o contributivo?
Consulta tu régimen en ADRES por cédula: abre adres.gov.co, ve a "Consulta BDUA", ingresa tu documento y lee el campo "Régimen". También puedes preguntar en tu EPS o revisar tu carné de salud.
¿Cuánto pago si estoy en régimen contributivo?
Si eres empleado dependiente, pagas el 4 % de tu IBC (Ingreso Base de Cotización) y tu empleador paga el 8,5 %. Total: 12,5 %. Si eres independiente, pagas el 12,5 % completo sobre el IBC que declares (mínimo 1 SMMLV = $1.423.500 en 2026).
¿El régimen subsidiado cubre lo mismo que el contributivo?
Sí, desde la Ley 1438 de 2011 el POS subsidiado es equivalente al contributivo. Hay pequeñas diferencias en medicamentos No POS y tiempos de autorización, pero el plan básico de beneficios (consulta, hospitalización, cirugía, medicamentos POS) es idéntico.
¿Puedo tener EPS diferente según el régimen?
Sí. En contributivo puedes elegir entre Sanitas, Nueva EPS, Sura, Coomeva, Compensar, Cafam, Colsubsidio, Famisanar, Salud Total y otras. En subsidiado la oferta varía por municipio; Nueva EPS, Savia Salud y Capital Salud son las más comunes.
Si consigo trabajo, ¿me paso automáticamente a contributivo?
No automático. Tu empleador debe afiliarte a una EPS contributiva dentro de los 2 días hábiles siguientes al inicio del contrato. Una vez la EPS reporta tu afiliación, ADRES te retira del subsidiado.
¿Pierdo los beneficios si paso de subsidiado a contributivo?
No pierdes cobertura médica, solo cambia la fuente de financiación. En contributivo empiezas a cotizar sobre tu salario. El plan de beneficios es el mismo.
¿Qué pasa si pierdo el trabajo y estaba en contributivo?
Tienes 3 meses de protección laboral si cotizaste al menos 12 meses continuos antes del despido. Después puedes solicitar el traslado a subsidiado si cumples los requisitos del Sisbén.
¿Cómo solicitar el Sisbén para acceder al régimen subsidiado?
Acude a la oficina de planeación o Sisbén de tu municipio con tu cédula y un recibo de servicio público. Ellos programan la encuesta para clasificarte en los grupos A, B, C o D.
¿Qué es la UPC y cómo afecta a cada régimen?
La UPC (Unidad de Pago por Capitación) es el valor anual que ADRES paga a la EPS por cada afiliado. En contributivo la UPC se financia con las cotizaciones. En subsidiado la UPC se financia con recursos del Presupuesto General de la Nación y del Fondo de Solidaridad.
¿Puedo cambiarme voluntariamente de contributivo a subsidiado?
Solo si demuestras que no tienes capacidad de pago y cumples los criterios del Sisbén. No puedes elegir estar en subsidiado si tienes ingresos que te obligan a cotizar en contributivo.
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