Regímenes EPS

EPS subsidiado vs contributivo: diferencias clave para saber cuál te corresponde

El sistema de salud colombiano tiene dos regímenes: el contributivo (para quienes cotizan un porcentaje de su ingreso) y el subsidiado (para quienes no tienen capacidad de pago y el Estado cubre el costo). Esta guía compara quién califica para cada uno, cuánto cuesta, qué beneficios incluye cada régimen y cómo consultar el tuyo en ADRES por cédula.

Panorama general

Dos regímenes, un solo sistema de salud

Colombia tiene un sistema de salud con dos puertas de entrada. El régimen contributivo cubre a los trabajadores dependientes e independientes que cotizan un porcentaje de su ingreso. El régimen subsidiado cubre a las personas sin capacidad de pago, con financiación estatal a través de la UPC (Unidad de Pago por Capitación). En junio de 2026, aproximadamente el 52 % de los afiliados al SGSSS están en el régimen contributivo y el 46 % en el subsidiado. El 2 % restante pertenece a regímenes especiales (Fuerzas Militares, Ecopetrol, universidades públicas).

Elegir el régimen correcto no es una opción: depende de tu situación laboral y socioeconómica. Lo que sí puedes hacer es verificar en qué régimen estás registrado, entender qué servicios te corresponden, y saber los pasos para cambiarte si tu situación cambia.

Comparativa directa

Diferencias entre régimen subsidiado y contributivo

Característica Régimen Contributivo Régimen Subsidiado
Quién paga Tú + empleador (o tú solo si eres independiente). Empleador: 8,5 % de tu IBC. Tú: 4 %. Total: 12,5 %. El Estado a través de la UPC. Tú no pagas cotización mensual.
Quién califica Trabajador dependiente con contrato laboral, independiente que cotiza sobre al menos 1 SMMLV ($1.423.500 en 2026), pensionado, o beneficiario (cónyuge, hijos menores). Persona clasificada en Sisbén IV grupos A, B o C (pobreza extrema, pobreza moderada, vulnerabilidad). También población desplazada, indígena, ROM, migrantes regulares en condición de pobreza.
Costo mensual Desde $56.940/mes (4 % sobre 1 SMMLV) hasta el tope de 25 SMMLV ($35.587.500). Independientes pagan el 12,5 % completo. $0. Sin cotización. Algunos servicios pueden tener cuotas moderadoras en casos específicos.
Cobertura familiar Cubre al cotizante + beneficiarios (cónyuge, hijos menores de 18 o hasta 25 si estudian, padres si dependen económicamente). Cubre al titular. Cada miembro del hogar debe estar registrado individualmente en la EPS subsidiada de su municipio.
Plan de beneficios POS contributivo: medicina general, especialistas, hospitalización, cirugías, UCI, medicamentos, odontología, maternidad, urgencias, terapias, exámenes diagnósticos, promoción y prevención. POS subsidiado: cubre los mismos servicios del POS contributivo desde 2012 (Ley 1438, unificación). Puede haber diferencias en medicamentos No POS y tiempos de autorización.
Copagos y cuotas moderadoras Copagos por consulta especializada, exámenes y procedimientos. Tope anual según ingreso. Exento en servicios preventivos (control niño sano, planificación familiar, vacunación). Cuotas moderadoras muy reducidas o exentas para grupos A y B del Sisbén. Grupos C pueden tener copagos menores al contributivo.
Atención por EPS EPS del contributivo: Sanitas, Nueva EPS, Sura, Coomeva, Compensar, Cafam, Colsubsidio, Famisanar, Salud Total, etc. EPS del subsidiado: Nueva EPS (la más grande en subsidiado), Savia Salud, Capital Salud, Coosalud, EPMSC, etc. La EPS varía por municipio.
Mecanismo de ingreso Afiliación a través del empleador (dependiente) o directamente a la EPS (independiente) presentando cédula, formulario de afiliación y soporte de pago. Inscripción en Sisbén + postulación a la EPS subsidiada del municipio. La alcaldía asigna cupo según disponibilidad y priorización.

Datos basados en la Ley 100 de 1993, Ley 1438 de 2011, Ley 1753 de 2015 y Decreto 780 de 2016. Los montos en pesos colombianos corresponden a 2026.

Paso a paso

Cómo consultar tu régimen en ADRES por cédula

  1. Abre adres.gov.co en tu navegador. No necesitas registro ni contraseña.
  2. Haz clic en "Consulta BDUA — Afiliados".
  3. Selecciona tu tipo de documento: CC (cédula), CE (extranjería) o PA (pasaporte).
  4. Escribe tu número de documento sin puntos ni espacios.
  5. Presiona el botón de consultar.
  6. Revisa el campo "Régimen": dirá CONTRIBUTIVO o SUBSIDIADO. También verás la EPS, el estado (activo, suspendido, retirado) y la fecha de afiliación.
  7. Si el resultado no coincide con tu situación real, contacta a tu EPS con tu documento para que actualicen el reporte en la BDUA.

Requisitos

¿Quién califica para cada régimen?

Requisitos de afiliación por régimen

Situación Régimen Documentos necesarios
Trabajo con contrato laboral Contributivo Cédula, registro civil del empleador, contrato. La afiliación la tramita el empleador.
Independiente con ingresos Contributivo Cédula, formulario de afiliación a la EPS, pago de primera cotización en PILA/SOI.
Sin empleo ni ingresos (Sisbén grupos A, B, C) Subsidiado Cédula, certificado de Sisbén vigente. Inscripción en la EPS del municipio.
Pensionado Contributivo Resolución de pensión, cédula. La pensión descuenta el 12 % para salud vía nómina.
Desplazado / víctima del conflicto Subsidiado Registro Único de Víctimas (RUV), cédula. Afiliación automática a la EPS del municipio.
Migrante regular en condición de pobreza Subsidiado Permiso de Protección Temporal (PPT), Sisbén, cédula de extranjería.
Beneficiario de cotizante Contributivo (como beneficiario) Registro civil de matrimonio (cónyuge), registro civil de nacimiento (hijos), certificado de estudios (hijos 18-25).

Portabilidad

¿Qué pasa cuando cambias de régimen?

Movilidad entre regímenes: pasos y plazos

De subsidiado a contributivo

Cuando consigues un empleo formal:

1. El empleador te afilia a una EPS del régimen contributivo dentro de los 2 días hábiles siguientes al inicio del contrato. 2. La EPS contributiva reporta tu afiliación a ADRES. 3. ADRES notifica a la EPS subsidiada que ya no tienes derecho al subsidio. 4. La EPS subsidiada te retira del régimen subsidiado.

Tu nueva EPS contributiva debe estar activa en la BDUA en un plazo de 5 a 10 días hábiles. Si después de 2 semanas sigues apareciendo como subsidiado, contacta a tu nueva EPS con tu contrato laboral para que reporten la novedad.

De contributivo a subsidiado

Si pierdes tu empleo y no tienes capacidad de pago:

1. La EPS contributiva te mantiene 3 meses adicionales (período de protección laboral) si cotizaste al menos 12 meses continuos. 2. Después de ese periodo, puedes solicitar el traslado a subsidiado si cumples los requisitos del Sisbén. 3. Debes estar clasificado en Sisbén IV en los grupos A, B o C. Si no tienes encuesta Sisbén vigente, solicítala en la oficina de planeación de tu municipio. 4. Una vez tengas Sisbén vigente, acude a la EPS subsidiada de tu municipio con tu cédula y el certificado Sisbén. 5. La EPS subsidiada te afilia y reporta tu ingreso a ADRES. El cambio se refleja en la BDUA en 5-10 días hábiles.

Portabilidad temporal

Si estás en régimen subsidiado y trabajas por temporadas, puedes solicitar la portabilidad temporal: la EPS subsidiada te mantiene afiliado hasta 12 meses mientras cotizas en contributivo, evitando la doble afiliación y la pérdida de continuidad en ambos lados.

Doble afiliación

ADRES cruza las bases de datos de ambos regímenes. Si apareces simultáneamente en contributivo y subsidiado, recibirás una notificación para elegir uno. Si no respondes, ADRES te dejará en contributivo si tienes cotizaciones vigentes, o en subsidiado si no.

Comparativa de beneficios cubiertos por régimen

Servicio Contributivo Subsidiado
Medicina general Sí, sin copago en preventiva Sí, sin cuota moderadora en grupos A/B
Medicina especializada Sí, con copago según ingreso Sí, con cuota moderadora reducida
Hospitalización y cirugía Sí, incluye UCI según necesidad médica Sí, mismas condiciones del POS
Medicamentos POS Cubiertos 100 % si están en el POS Cubiertos 100 % si están en el POS
Medicamentos No POS Cubiertos por tutela o comité técnico-científico Cubiertos por tutela o comité técnico-científico (Mipres)
Maternidad y control prenatal Cubierto 100 % (promoción y prevención) Cubierto 100 %
Odontología básica Sí, incluye urgencias, consulta, extracciones Sí, mismas prestaciones
Urgencias vitales Cubiertas en cualquier IPS del territorio nacional Cubiertas en cualquier IPS del territorio nacional
Terapias (física, ocupacional, lenguaje) Sí, con autoración médica previa Sí, con autorización médica previa
Transporte ambulatorio No cubierto (excepto urgencias vitales intermunicipales) Cubierto en casos priorizados por la EPS

Los servicios No POS requieren autoración por comité técnico-científico o Mipres. No hay diferencia legal en el contenido del POS desde la unificación de 2012.

Preguntas frecuentes sobre EPS subsidiado y contributivo

¿Cómo sé si estoy en régimen subsidiado o contributivo?

Consulta tu régimen en ADRES por cédula: abre adres.gov.co, ve a "Consulta BDUA", ingresa tu documento y lee el campo "Régimen". También puedes preguntar en tu EPS o revisar tu carné de salud.

¿Cuánto pago si estoy en régimen contributivo?

Si eres empleado dependiente, pagas el 4 % de tu IBC (Ingreso Base de Cotización) y tu empleador paga el 8,5 %. Total: 12,5 %. Si eres independiente, pagas el 12,5 % completo sobre el IBC que declares (mínimo 1 SMMLV = $1.423.500 en 2026).

¿El régimen subsidiado cubre lo mismo que el contributivo?

Sí, desde la Ley 1438 de 2011 el POS subsidiado es equivalente al contributivo. Hay pequeñas diferencias en medicamentos No POS y tiempos de autorización, pero el plan básico de beneficios (consulta, hospitalización, cirugía, medicamentos POS) es idéntico.

¿Puedo tener EPS diferente según el régimen?

Sí. En contributivo puedes elegir entre Sanitas, Nueva EPS, Sura, Coomeva, Compensar, Cafam, Colsubsidio, Famisanar, Salud Total y otras. En subsidiado la oferta varía por municipio; Nueva EPS, Savia Salud y Capital Salud son las más comunes.

Si consigo trabajo, ¿me paso automáticamente a contributivo?

No automático. Tu empleador debe afiliarte a una EPS contributiva dentro de los 2 días hábiles siguientes al inicio del contrato. Una vez la EPS reporta tu afiliación, ADRES te retira del subsidiado.

¿Pierdo los beneficios si paso de subsidiado a contributivo?

No pierdes cobertura médica, solo cambia la fuente de financiación. En contributivo empiezas a cotizar sobre tu salario. El plan de beneficios es el mismo.

¿Qué pasa si pierdo el trabajo y estaba en contributivo?

Tienes 3 meses de protección laboral si cotizaste al menos 12 meses continuos antes del despido. Después puedes solicitar el traslado a subsidiado si cumples los requisitos del Sisbén.

¿Cómo solicitar el Sisbén para acceder al régimen subsidiado?

Acude a la oficina de planeación o Sisbén de tu municipio con tu cédula y un recibo de servicio público. Ellos programan la encuesta para clasificarte en los grupos A, B, C o D.

¿Qué es la UPC y cómo afecta a cada régimen?

La UPC (Unidad de Pago por Capitación) es el valor anual que ADRES paga a la EPS por cada afiliado. En contributivo la UPC se financia con las cotizaciones. En subsidiado la UPC se financia con recursos del Presupuesto General de la Nación y del Fondo de Solidaridad.

¿Puedo cambiarme voluntariamente de contributivo a subsidiado?

Solo si demuestras que no tienes capacidad de pago y cumples los criterios del Sisbén. No puedes elegir estar en subsidiado si tienes ingresos que te obligan a cotizar en contributivo.

Sigue tu ruta según tu régimen

Laura Medina Rojas

Autora

Laura Medina Rojas

Editora de trámites de salud y seguridad social en Colombia

Ordena consultas ciudadanas sobre ADRES, EPS, PILA, SOI y certificados con enfoque práctico, privacidad y contraste en canales oficiales.

Especialidad: Especializada en guías de trámites digitales, lectura de portales públicos y revisión editorial de contenidos de salud administrativa.

Experiencia: Ha trabajado en contenidos de orientación ciudadana para personas que necesitan ubicar canales oficiales, preparar soportes y evitar errores al consultar datos personales.

Actualizado: 2026-06-27 Política editorial Correcciones

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